Estrategia de Desarrollo Integrado Local – EDIL
La continuación de las EDUSI ofrece nuevas oportunidades de financiación para municipios de todo tipo
El pasado 7 de octubre de 2024, el Ministerio de Hacienda publicó las bases reguladoras para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de actuación integrados de entidades locales, en el marco del Desarrollo Urbano Sostenible, con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el periodo de programación 2021-2027.
Al ser un tema tanto de actualidad como de gran interés para los municipios, desde Pont a Europa realizamos una breve presentación-resumen para la jornada desarrollada ese mismo mes en Elche, que a continuación transcribimos para ayudar a entender mejor las particularidades de la convocatoria que está pendiente de publicarse.
1.Criterios de Elegibilidad
Conforme al artículo 10 de la Orden de Bases anterior, para poder participar en la futura convocatoria de las EDIL es condición necesaria cumplir uno de los dos criterios siguientes:
- Disponer de una Agenda Urbana o Plan de Acción Local aprobados siguiendo la metodología de la Agenda Urbana Española (https://www.aue.gob.es/que-es-la-aue#inicio).
- Disponer de un documento de Planificación Estratégica Territorial y/o urbana que dé cobertura geográfica a los PAIs que se presenten, conforme al Artículo 29 del Reglamento (UE)2021/1060, recogido de forma resumida en el Anexo II de la Orden.
2. ¿Qué es un PAI?
Si disponer de una EDIL, es el requisito imprescindible para participar en estas convocatorias de atractiva financiación. Realmente lo que se presenta y valora en cada propuesta son los PAIs, acrónimo que significa Plan de Actuación Integrada, conforme al artículo 11 de la Orden de bases. Por tanto, las EDIL proporcionan el Marco y los PAIs definen las actuaciones a subvencionar (áreas de actuación).
Un PAI es un documento que recoge los proyectos integrales que queremos que sean financiados y debe cumplir con lo siguiente:
– Ser coherente con la EDIL.
– Esos proyectos deben tener impacto local y ser transversales.
– La ayuda no es fija, está condicionada a los ritmos de ejecución.
– Puede estar compuesto por varios proyectos.
– Debe recoger los tipos de acción, subtipos de acción y ámbitos de intervención para cada proyecto. Se podrá seleccionar uno o más tipos de acción.
Se consideran 4 tipos de actuación para incluir en esos PAIs:
- Digital y promoción económica.
- Energía y Medio Ambiente.
- Inclusión Social.
- Patrimonio, turismo y cultura.
Además, las propuestas, para ser seleccionadas, deben alcanzar un mínimo de 50 puntos y se establece igualmente un límite de 30 páginas y 10.500 palabras.
3. ¿Quiénes son los posibles beneficiarios?
La Orden de bases, en su artículo 5, distingue 3 posibles categorías de beneficiarios:
- Gran ciudad, es decir, aquellos municipios de más de 75.000 habitantes. Pueden presentarse de forma individual o bien como parte de lo que se denomina Área Urbana Supramunicipal (AUS), que comprende o puede comprender otros municipios o parte de los mismos con los que exista algún tipo de vinculación justificado en la Estrategia (EDIL).
- Ciudad intermedia, es decir, aquellos municipios cuya población oscile entre 20.000 y 75.000 habitantes. Al igual que en el caso anterior, pueden presentarse a título individual o bien como parte de una AUS, siempre que se justifique la vinculación en la EDIL.
- Áreas Urbanas Funcionales, AUF. Son territorios que engloban al menos a 20.000 habitantes y que incluyen, al menos, un municipio con 10.000 habitantes. Al igual que en los casos precedentes, la vinculación entre las distintas poblaciones incluidas en la AUF debe estar recogida en una EDIL.
4. La Senda Financiera o cuánto dinero hay sobre la mesa
Los artículos 3, 6 y 7 de la Orden de bases establecen que a las entidades beneficiarias se les asignará una senda financiera entendida como una dotación financiera provisional anualizada de ayuda FEDER con cargo a las previsiones de financiación de la prioridad 2C y del OE 5.1 del Programa Plurirregional de España 2021-2027, que será consolidable a medida que las operaciones incluidas en los Planes de Actuación Integrados son ejecutadas.
En el caso de la Comunidad Valenciana, la cantidad asignada es de 139 millones, 169 mil y 91 euros (€). Además, al ser una región comprendida entre las más y las menos desarrolladas, se fija una cofinanciación por parte de los fondos FEDER del 60%.
Igualmente se fijan unos límites superior e inferior en relación con los presupuestos de las propuestas, siendo el mínimo de 5 millones de euros y el máximo, variable, en función de la tipología de beneficiarios:
- 20 millones de euros, en el caso de las grandes ciudades.
- 15 millones de euros, para las ciudades intermedias.
- 10 millones de euros, para las áreas urbanas funcionales.
Hay que resaltar que no se ha prefijado una asignación en función de las categorías de beneficiarios. Al contrario, se ha incidido en que la senda financiera será proporcional a la Demanda Efectiva, es decir, el número de propuestas que se presenten y las cantidades que se demanden y sean aprobadas.
Finalmente, un aspecto en el que también se incidió mucho durante la jornada de presentación de las bases es la conveniencia de presentar proyectos maduros, no ideas a desarrollar que, además, necesiten de aprobaciones o convenios entre distintas Administraciones, pues tales situaciones acaban alargando los plazos y dificultando el cumplimiento.
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